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El Ministerio de Educación y Formación Profesional convoca procedimiento para la evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación

03/11/2022

  • Normativa: Resolución de 21 de octubre de 2022BOE, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se convoca procedimiento para la evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales no incluidas en ofertas de títulos de formación profesional o en certificados de profesionalidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Unidades de competencia que se convocan:Salto de línea ​Las unidades de competencia susceptibles de evaluar y acreditar mediante la presente convocatoria, incluidas en la Cualificación Profesional IFC748_2 Digitalización Aplicada al Entorno Profesional (Real Decreto 46/2022, de 18 de enero), son las siguientes:
    • UC2490_2: Aplicar tecnologías habilitadoras digitales para la gestión de dispositivos y datos en el entorno profesional.
    • UC2491_2 Aplicar tecnologías habilitadoras digitales para la gestión de contenidos en el entorno profesional.
  • Requisitos:
    • Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia, o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
    • Tener veinte años cumplidos en el momento de realizar la inscripción.
    • Tener formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar y/o experiencia laboral:
      • En el caso de formación se requerirá acreditar las horas establecidas en los módulos formativos asociados a las unidades de competencia convocadas en este procedimiento.
      • En el caso de experiencia laboral. Justificar, al menos tres años (1.080 días), con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos quince años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para calcular el número de días trabajados debe tenerse en cuenta que se considera que un año son trescientos sesenta días.
    • Las personas mayores de veinticinco años que reúnan los requisitos de formación no formal y/o experiencia laboral indicados en los apartados anteriores y que no los puedan justificar, podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento, indicándolo de manera expresa mediante escrito adjunto a su solicitud, presentando la justificación mediante alguna prueba admitida en derecho o declaración jurada, según lo establecido en el artículo 11, apartado 2, del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
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