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Programas de Cualificación Profesional Inicial

¿Qué son los Programas de Cualificación Profesional Inicial? (PCPI)

Permiten adquirir una cualificación profesional a la vez que el Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Gracias a ellos tienes la oportunidad de continuar estudiando o incorporarte al mundo laboral en mejores condiciones.
 

¿Qué puedo conseguir si realizo un Programa de Cualificación Profesional Inicial?

  • Alcanzar las competencias profesionales necesarias para desempeñar una determinada profesión, ligada a una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
  • Mejorar tus capacidades profesionales y ampliar tus competencias básicas.
  • Conseguir una correcta inserción socio-laboral .
  • Obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, realizando los módulos de carácter voluntario.
  • Acceder a un ciclo formativo de grado medio con los módulos obligatorios.


¿Qué requisitos tengo que cumplir para poder inscribirme en estos programas?

  • Ser mayor de 15 años, o cumplirlos en el año natural de inicio del programa.
  • No tener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria


¿Cómo se organizan los Programas de Cualificación Profesional Inicial?

Estos programas incluirán:

  • Módulos obligatorios. Tienen por objeto cualificar al alumnado de estas enseñanzas para el desempeño de la actividad profesional correspondiente y el acceso a los diferentes ciclos formativos de grado medio. Los módulos obligatorios son de dos tipos:
    • Módulos específicos profesionales, referidos a las unidades de competencia correspondientes a cualificaciones profesionales del nivel uno del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Estos módulos, entre los que se contemplará un módulo de formación en centros de trabajo, estarán dirigidos fundamentalmente a que el alumnado adquiera y desarrolle las competencias profesionales incluidas en el perfil profesional del programa.
    • Módulos formativos de carácter general, orientados al desarrollo de las competencias básicas que posibiliten cursar con éxito un ciclo formativo de grado medio.
  • Módulos voluntarios. Tienen por objeto complementar la formación necesaria para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Estos módulos podrán cursarse de manera simultánea a los módulos obligatorios o una vez superados estos.


¿Qué títulos puedo conseguir si realizo un Programa de Cualificación Profesional Inicial?

  • Si finalizas los módulos de carácter obligatorio recibirás una certificación académica, con la que podrás solicitar un Certificado de Profesionalidad y además te permitirá el acceso a los ciclos de Grado Medio de Formación Profesional.
  • Si finalizas los módulos voluntarios, recibirás el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.


¿Qué instituciones o centros pueden participar e impartir estos programas?

  • Todas las instituciones que quieran impartir estos programas estarán bajo la coordinación de las Administraciones Educativas y podrán ser:
    • Centros educativos.
    • Corporaciones locales.
    • Asociaciones profesionales.
    • Organizaciones no gubernamentales.
    • Entidades empresariales y sindicales.
  • Los módulos voluntarios serán impartidos en centros educativos.

Cada Comunidad Autónoma establece la denominación de los programas que oferta, por lo que la información detallada debe consultarse en el apartado de Centros .

Legislación de ámbito estatal

  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4-5-2006) 
    • Artículo 30. Programa de Cualificación Profesional Inicial.
  • Real Decreto 1146/2011, de 29 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria ( modifica el artículo 14 del Real Decreto 1631/2006 relativo a los programas de Cualificación Profesional Inicial).(BOE de 30-7-2011)
  • Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (CAPÍTULO II .Los módulos profesionales específicos de los Programas de Cualificación Profesional Inicial, ANEXO I .Competencias propias de los diferentes niveles de Formación Profesional. Programas de cualificación profesional inicial) (BOE de 30-7-2011)

Legislación para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación

Relación de perfiles del ámbito de gestión del Ministerio de Educación


Nota:

Cada Comunidad Autónoma regula los perfiles profesionales de los PCPIs en su ámbito de gestión, por lo que para consultarlos debe entrar en su página web.

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